Saltar al contenido
EntrarEmpezar gratis
LeyesLeyVigente

Ley 14 de 1974 — POR LA CUAL SE AUTORIZA LA CONTRATACION DE UN EMPRESTITO.

Extracto del texto

G.O.17524

LEY 14 (De 8 de enero de 1974) Por la cual se autoriza la contratación de un empréstito.

EL CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACIÓN DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO: Autorízase al Órgano Ejecutivo para que, por conducto del Ministerio de Hacienda y Tesoro, contrate con una entidad bancaria o un grupo de entidades bancarias, un empréstito hasta por la suma de DOCE MILLONES DE DOLARES ($12,000,000.00) moneda legal de los Estados Unidos de Norteamérica, o su equivalente en moneda nacional, con un término no mayor de 10 años, más un período de gracia que no exceda de 4 años, a una tasa de interés que no exceda el 1.25 sobre la tasa interbancaria de Londres durante los primeros 5 años, y el 1 3/8 sobre la tasa interbancaria de Londres, durante los últimos 5 años, con comisión de compromiso de 3/8 del 1% durante los primeros 6 meses y el 1/2 del 1% sobre el plazo que exceda dicho período, y una comisión de manejo no superior al 3/8 del 1%, con la finalidad de financiar el proyecto de desarrollo integral de la cuenca hidrográfica del Bayano, adquisición de equipo para el Departamento de Aseo del IDAAN, extensión del acueducto de la ciudad de Panamá y para el programa de inversiones y operaciones de la Corporación Ingenio La Victoria. La partida para el equipo de Aseo del IDAAN podrá ser transferida a otra partida aprobada en el Presupuesto Nacional de 1974, de acuerdo con autorización del Consejo de Gabinete. Los intereses que se paguen a la entidad o entidades prestamistas estarán exentas del pago de impuesto.

ARTÍCULO SEGUNDO: Autorízase al Ministro de Hacienda y Tesoro para que firme los documentos necesarios para la contratación del empréstito a que se refiere el artículo anterior

ARTÍCULO TERCERO: Esta Ley comenzará a regir a partir de su promulgación.

COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE

Ver todos: Leyes y normas de Panamá, con su vigencia

Empieza hoy, sin tarjeta.