Ley 13 de 2010 — QUE CONSTITUYE UNA INSTANCIA PARA EL SEGUIMIENTO DE LOS DERECHOS DE LAS VICTIMAS DE LA INTOXICACION MASIVA CON DIETILENGLICOL.
Extracto del texto
G.O. 26500-A
LEY 13 De 29 de marzo de 2010
Que constituye una instancia para el seguimiento de los derechos de las víctimas de la intoxicación masiva con dietilenglicol
LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:
Artículo 1. Se constituye una Comisión de Seguimiento para la atención de las víctimas de la intoxicación masiva con dietilenglicol y de sus familiares, adscrita al Ministerio de Salud, la cual estará integrada por: 1. Un representante del Ministerio Salud. 2. Un representante del Ministerio de Economía y Finanzas. 3. Un representante de la Caja de Seguro Social. 4. Un representante de la Comisión de Derechos Humanos de la Asamblea Nacional. 5. Un representante de las víctimas o de los afectados por dietilenglicol, que será escogido por mayoría absoluta de los miembros del Comité de Familiares de Víctimas por el Derecho a la Salud y la Vida.
Artículo 2. La Comisión tendrá las siguientes funciones: 1. Dar seguimiento a las atenciones médicas, a la situación de salud de las víctimas y a las condiciones socioeconómicas del núcleo familiar de las víctimas. 2. Confeccionar y aprobar su reglamento interno para su funcionamiento.
Artículo 3. Para definir el carácter de víctimas de la intoxicación con dietilenglicol se aplicarán los criterios médicos establecidos por la Comisión Interinstitucional integrada por el Ministerio de Salud, la Caja de Seguro Social y el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, así como los que surjan de los estudios que realicen las autoridades de salud competentes sobre el tema.
Artículo 4. La Caja de Seguro Social y el Ministerio de Salud establecerán un centro especial de atención integral a las víctimas de la intoxicación con dietilenglicol y cualesquier otros tóxicos para prestar atención médica expedita, oportuna, completa y adecuada, la cual …
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