Ley 13 de 2009 — POR LA CUAL SE APRUEBA EL ACUERDO INTERNACIONAL DEL CAFE DE 2007, APROBADO POR LA RESOLUCION NO. 431 DEL CONSEJO INTERNACIONAL DEL CAFE, ADOPTADA EL 28 DE SEPTIEMBRE DE 2007.
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G.O. 26011 LEY 13 De 23 de enero de 2009 Por la cual se aprueba el ACUERDO INTERNACIONAL DEL CAFÉ DE 2007, aprobado por la Resolución No. 431 del Consejo Internacional del Café, adoptada el 28 de septiembre de 2007 LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:
Artículo 1. Se aprueba, en todas sus partes, el ACUERDO INTERNACIONAL DEL CAFÉ DE 2007, que a la letra dice: ACUERDO INTERNACIONAL DEL CAFÉ DE 2007 PREÁMBULO Los Gobiernos Parte en este Acuerdo, Reconociendo la importancia excepcional del café para la economía de muchos países que dependen en gran medida de este producto para obtener divisas y para el logro de sus objetivos de desarrollo social y económico; Reconociendo la importancia del sector cafetero para las condiciones de vida de millones de personas, sobre todo en países en desarrollo, y teniendo presente que en muchos de esos países la producción se lleva a cabo en pequeñas explotaciones agrícolas familiares; Reconociendo la contribución de un sector cafetero sostenible al logro de objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente, con inclusión de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, en especial por lo que respecta a la erradicación de la pobreza; Reconociendo la necesidad de fomentar el desarrollo sostenible del sector cafetero, que conduce al aumento del empleo y los ingresos, y a la mejora del nivel de vida y de las condiciones de trabajo en los países Miembros; Considerando que una estrecha cooperación internacional en asuntos cafeteros, con inclusión del comercio internacional, puede fomentar un sector cafetero mundial económicamente diversificado, el desarrollo económico y social de los países productores, el desarrollo de la producción y el consumo de café y la mejora de las relaciones entre países exportadores e importadores de café; …
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