Ley 1 de 1974 — POR EL CUAL SE MODIFICAN LOS ARTICULOS 187, 189 Y 194 DE LA LEY N°1 DEL 19 DE OCTUBRE DE 1973. (REGLAMENTO INTERNO DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE REPRESENTANTES DE CORREGIMIENTOS).
Extracto del texto
REPÚBLICA DE PANAMÁ ASAMBLEA LEGISLATIVA LEGISPAN Tipo de Norma: LEY Número: 1 Referencia: 1 Año: 1974 Fecha(dd-mm-aaaa): 23-10-1974 Titulo: POR EL CUAL SE MODIFICAN LOS ARTICULOS 187, 189 Y 194 DE LA LEY N°1 DEL 19 DE OCTUBRE DE 1973. (REGLAMENTO INTERNO DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE REPRESENTANTES DE CORREGIMIENTOS).
Dictada por: ASAMBLEA NACIONAL DE REPRESENTANTES DE CORREGIMIENTOS Gaceta Oficial: 17715 Publicada el: 06-11-1974 Rama del Derecho: DER. ADMINISTRATIVO
Palabras Claves: Poder Legislativo, Procedimiento administrativo
Páginas: 1 Tamaño en Mb: 0.235 Rollo: 27 Posición: 342 G.O.17715
LEY 1 (de 23 de octubre de 1974) Por la cual se modifican los artículos 187, 189 y 194 de la Ley No 1 del 19 de octubre de 1973, (Reglamento Interno de la Asamblea Nacional de Representantes de Corregimientos)
LA ASAMBLEA NACIONAL DE REPRESENTANTES DE CORREGIMIENTOS DECRETA: ARTÍCULO 1. Adiciónase un numeral al artículo 187 de la Ley No1 de 19 de octubre de 1973 así:
Artículo 187. 9. La Comisión de Producción, Distribución y Consumo.
ARTÍCULO 2. Adiciónanse dos numerales al artículo 189 de la Ley No 1 de 19 de octubre de 1973 así:
Artículo 189. 8. Asistir al Presidente de la Asamblea Nacional de Representantes de Corregimientos en sus funciones legislativas de conformidad con los artículo 146 y 150 de la Constitución Política de la República de Panamá. 9. Recibir y tramitar las quejas que presenten los Honorables Representantes de Corregimientos, en relación con las faltas de respeto y desconocimiento de derechos que se cometen en su contra por parte de cualquier institución o Servidor Público en el desempeño de sus funciones.
ARTÍCULO 3. Esta Ley empezará a regir a partir de su promulgación.
Relación con otras normas
- Afecta aLey 1 de 1973— MODIFICO LOS ART. 187, 189 Y 194.
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.