Decreto Ejecutivo 36 de 2001 — POR EL CUAL SE REGLAMENTA EL LEVANTAMIENTO DEL SEXTO CENSO NACIONAL AGROPECUARIO, EN DESARROLLO DEL DECRETO LEY Nº 7 DE 25 DE FEBRERO DE 1960.
Extracto del texto
REPÚBLICA DE PANAMÁ ASAMBLEA LEGISLATIVA LEGISPAN Tipo de Norma: DECRETO EJECUTIVO Número: 36 Referencia: Año: 2001 Fecha(dd-mm-aaaa): 20-03-2001 Titulo: POR EL CUAL SE REGLAMENTA EL LEVANTAMIENTO DEL SEXTO CENSO NACIONAL AGROPECUARIO, EN DESARROLLO DEL DECRETO LEY Nº 7 DE 25 DE FEBRERO DE 1960.
Dictada por: MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA Gaceta Oficial: 24268 Publicada el: 26-03-2001 Rama del Derecho: DER. ADMINISTRATIVO
Palabras Claves: Censo, Dirección Nacional de Estadística y Censo
Páginas: 6 Tamaño en Mb: 0.440 Rollo: 301 Posición: 1862 N” 24468 Gaceta Whial, lunes 26 de marzo de 2001 5
DECRETO EJECUTIVO NP 36 (De 20 de marzo de 2001) Por el cual se reglamenta el levantamiento del Sexto Censo Nacional Agropecuan’o, en desarrollo del Decreto Ley No, 7 de 25 de febrero de 1960.
U PRESIDENTA DE LA REPUBLICA En uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
Que la Estadística Nacional es una actividad de utilidad pública y de interis social nacional e internalional.
Que el Artículo 276, Numeral 10, de la Constituclh Polltica faculta a la Contraloria General de la República para dirigir y formar la estadística nacional.
Que de conformidad con el Decreto Ley No. 7 de 25 de febrero de 1960, la función de dirigir y formar la Estadística Nacional corresponde a la Contraloría General de la Reprlblica, In cual ejercer& por rncdlo de una dependencia denominada Direccih de Estadfstica y Cerrso.
Que el Decreto Ejecutivo No.5 de 8 de enero de 1997, ordena el levantamiento del Sexto Censo Nacional Agropecuario en el pn’mer semestre del aiio 2001 I
Que corresponde al Ejecutivo mediante Decreto, dictar las medidas que considere cowvenieafes relacionadas con el Censo, con el fin. de asegurar el empadronamiento eficiente. DECRETA:
CAPITULO 1
ORGANIZACldN DEL EMPADRONAMIENTO
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