Decreto De Gabinete 37 de 2009 — POR EL CUAL SE AUTORIZA INCREMENTAR EL REQUISITO DE TABLILLA (SHELF REGISTRATION) DE LA REPUBLICA DE PANAMA ANTE LA COMISION DE VALORES (SECURITIES AND EXCHANGE COMMISSION O SEC) DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.
Extracto del texto
WWW.ASAMBLEA.GOB.PA LEY 72 De 09 de noviembre de 2009
Que reforma la Ley 8 de 2000 y la Ley 33 de 2000, que regulan la micro, pequeña y mediana empresa
LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:
Artículo 1. El artículo 1 de la Ley 8 de 2000 queda así:
Artículo 1. Se crea la Autoridad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, en adelante la Autoridad, como entidad autónoma del Estado, con patrimonio propio, rectora en materia de la micro, pequeña y mediana empresa, y responsable de generar las condiciones para el desarrollo de la micro, pequeña y mediana empresa, por su carácter multisectorial y capacidad de generar empleo. La Autoridad estará sujeta a la fiscalización de la Contraloría General de la República, de acuerdo con la Constitución Política de la República y las leyes.
Artículo 2. El artículo 2 de la Ley 8 de 2000 queda así:
Artículo 2. La Autoridad tiene como finalidad fomentar el desarrollo de la micro, pequeña y mediana empresa, para promover empleo decente y productivo, a través de la creación de empresas sostenibles y el incremento sustantivo de la competitividad y productividad de las empresas existentes. Para tal efecto, la Autoridad deberá ejecutar la política nacional de estímulo y fortalecimiento del sector de la MIPYME, por medio de programas y proyectos orientados a ampliar y mejorar el mercado de servicios financieros y no financieros para estas unidades económicas.
Artículo 3. El artículo 4 de la Ley 8 de 2000 queda así:
Artículo 4. Para los efectos de la presente Ley, los siguientes términos se definen así: 1. Asociación estratégica. Unión permanente o temporal entre empresas con el fin de fortalecerlas. 2. Emprendedores. …
Ver todos: Leyes y normas de Panamá, con su vigencia
Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.