Reglas de Desempate: Sorteo Público
La Dirección General de Contrataciones Públicas es del criterio que la no presentación al sorteo público se entenderá como la pérdida del interés del…
Extracto del texto
Panamá, 16 de agosto de 2022 DGCP-DS-DJ-1003-2022 Licenciado JUVY CANO SALDAÑA Administrador Agencia Panamá Pacífico E. S. D. Respetado Licenciado Cano: Acusamos recibo de la solicitud de 8 de agosto de 2022, donde eleva consulta a esta Dirección, sobre las reglas de desempate dentro del acto público No. 2022-2-97-0-15-LP- 003516, en virtud de la Resolución No. 967-2022 de 2 de agosto de 2022, en la cual se le ordena lo siguiente: 1. Aplicar la regla de desempate y; 2. Nombrar una Nueva Comisión. Al respecto, es menester informarle que la Dirección General de Contrataciones Públicas es el ente rector y fiscalizador de los procedimientos de contratación pública, con facultades destinadas a la adecuada implementación y aplicación de los preceptos legales contenidos en el Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020. La regla de desempate contemplada en el artículo 53 del Decreto Ejecutivo 439 de 10 de septiembre de 2020, se utiliza para determinar el orden en que se deben verificar las propuestas que se encuentren en empate; …
Ver todos: Pronunciamientos y consultas jurídicas de la DGCP
Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.