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DGCPConsulta jurídica

Propuestas: Aclaraciones

El artículo 55 del Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, expone que las propuestas pueden ser aclaradas, siempre…

Extracto del texto

Panamá, 20 de julio de 2022 DGCP-DJ-128-2022 JAVIER ALEXIS GALIALI Representante Legal GALIALI PINZÓN, S.A. E. S. D. Licenciado Galiali: Dando respuesta a su Nota S/N, de fecha 15 de junio de 2022, mediante la cual remite a esta Dirección consulta sobre si una contratación menor, en el formulario de propuesta aparece el N° de acto o contratación menor mal enumerado o por error lo ponen o lo escriben mal, que les sugerimos hacer como proponente, pues su oferta quedo como segunda mejor oferta. A su vez, solicitan información de cómo impugnar una contratación menor, en cuanto a su procedimiento. Ante lo consultado debemos acotar en primer lugar que, la Dirección General de Contrataciones Públicas es el ente rector y fiscalizador de los procedimientos de selección de contratistas, con facultades tendientes a la correcta implementación y aplicación de los preceptos legales contenidos en el Texto Único de la Ley 22 de 2006, que regula la contratación pública, ordenado por la Ley 153 de 2020, tal como lo establece el artículo 15, numeral 1 de dicha excerta legal, el cual reproducimos a continuación:

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