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DGCPConsulta jurídica

Propuesta: Aclaración o Correcciones Aritméticas

El artículo 84 del Decreto Ejecutivo No. 439 de 2020 establece que, ante la acción de aclaración de la propuesta, se entiende la posibilidad de corregir el…

Extracto del texto

Panamá, 16 de mayo de 2023 DGCP-DJ-DS-836-2023 Licenciada KATIA CASIS DE RIVERA Subgerente Ejecutiva de Compras y Adquisiciones Banco Nacional de Panamá E. S. D. Licenciada Casis: Damos respuesta a su nota 2023 (35070)104 de 9 de mayo de 2023, mediante la cual remite a esta Dirección consulta referente a la interpretación del alcance a lo dispuesto en el artículo 84 del Decreto Ejecutivo No. 439 de 2020, que regula la contratación pública. Indica en su misiva que, ante interrogantes tales como, qué se debe entender por error aritmético y si puede corregirse en el desglose de precio la columna del precio unitario ofertado luego de presentada la propuesta, para que el resultado de la operación aritmética coincida con el monto total ofertado, el Banco Nacional es del criterio que las correcciones aritmética referidas en la norma, solamente pueden aplicarse al resultado y no se pueden alterar los costos unitarios propuestos, luego de presentadas las ofertas. …

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