Saltar al contenido
EntrarEmpezar gratis
DGCPConsulta jurídica

Procedimiento Excepcional de Contratación

El artículo 79 del Texto Único de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, establece que, es una potestad de las entidades…

Extracto del texto

Panamá, 12 de julio de 2024 DGCP-DS-DJ-810-2024 Ingeniero JAIME FERNÁNDEZ Director General Policía Nacional E. S. D. Ingeniero Fernández: En atención a su correo electrónico del 9 de julio de 2024, donde solicitó una ampliación sobre la Nota No. DGCP-DS-DJ-2222-2023, emitida por esta Dirección concerniente a la contratación de servicios de telefonía móvil, voz y data para la unidad sensitiva de la Dirección Nacional de Investigación Judicial, según lo planteado mediante su Nota No. DGPN/DINASEG/DCOMPRAS-AL/1421/2024 de fecha 8 de febrero de 2024, con relación al trámite a seguir para honrar los pagos de los servicios recibidos por la entidad. Al respecto, es oportuno indicar que la Dirección General de Contrataciones Públicas tiene competencia para absolver las consultas en materia de implementación y aplicación de la Ley 22 de 27 de junio 2006, que regula la contratación pública, así como la facultad de regular, interpretar, fiscalizar y asesorar en los procedimientos de selección de contratistas que realicen las instituciones estatales. Para dar respuesta a su consulta, consideramos oportuno reproducir lo preceptuado en el artículo 79 del Texto Único de la Ley No. …

Ver todos: Pronunciamientos y consultas jurídicas de la DGCP

Empieza hoy, sin tarjeta.