Procedimiento de Cotizaciones
El artículo 52 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 61 de 2017 y los artículos 80 y 81 del Decreto Ejecutivo 40 de 2018, disponen un…
Extracto del texto
> DIRECCIÓN GENERAL DE
REPÚBLICA DE PANAMÁ CONTRATACIONES PÚBLICAS — GOBIERNO NACIONAL —
Panamá, 14 de agosto de 2019 DGCP-DS-DJ-615-2019
Magister ]
NILKA FRANCO SERRACÍN Gerente
Centro Educativo Bilingije de China MEDUCA
E. S D:
Magíster Franco:
Nos referimos a su nota No. CERCH (T)-NOTA N? 56 de fecha 3 de julio de 2019, mediante la cual solicita orientación para adquirir el servicio de instalación de 3 puertas “multi-lok” de alta seguridad, para el Centro Educativo de China e indica, que las mismas fueron adquiridas con un proveedor determinado y su instalación debe realizarse a través de este, a fin de mantener la garantía de los bienes.
Al respecto, es oportuno indicar que la Dirección General de Contrataciones Públicas, tiene competencia para absolver las consultas en materia de implementación y aplicación de la Ley N” 22 de 27 de junio de 2006, que regula la contratación pública.
Para dar respuesta a su solicitud, debemos referirnos a los artículos 52 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 61 de 2017 y el artículo 80 del Decreto Ejecutivo 40 de 2018, que reglamenta la Ley 22 de 2006, que establecen lo siguiente:
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.