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DGCPConsulta jurídica

Pliego de Cargos: Formalidades

De la Ley No. 22 de 2006, se establece la autonomía que poseen las entidades licitantes al momento de formalizar sus pliegos de cargos, no obstante, esta…

Extracto del texto

> DIRECCIÓN GENERAL DE REPÚBLICA DE PANAMÁ CONTRATACIONES PÚBLICAS

— GOBIERNO NACIONAL —

Panamá, 14 de agosto de 2019 DGCP-DS-DJ-616-2019

Licenciado

ALEJANDRO ARZE LOPEZ LAC LEGAL ABOGADOS

E :S.. D.

Licenciado Arze:

Nos referimos a su consulta remitida a esta Dirección, recibida el día 7 de julio de 2019, a través de la cual, solicita el criterio legal de esta Dirección, respecto a los cuadros, reglas o técnicas de redondeo, aplicables en materia de contratación pública, en el caso de propuestas cuyo monto total ofertado, dé como resultado cifras con más de dos decimales.

Señala en la consulta, a manera de ejemplo específico, el escenario de un procedimiento de selección de contratista donde la entidad establezca un precio de referencia con dos decimales, de manera tal, que al momento de realizar los cálculos por parte del proponente para mantener su oferta en el margen de riesgosidad máximo establecido en el pliego de cargos, el monto mínimo posible de la ofertar resulte en una cifra con más de 2 decimales llegado hasta milésimas, quede porcentualmente por debajo del margen de riesgo establecido en el pliego de cargos, por milésimas y hasta millonésimas.

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