Facultades: Dirección General de Contrataciones Públicas
La Dirección General de Contrataciones Públicas es el ente rector y fiscalizador de los procedimientos de contratación pública, con facultades destinadas a…
Extracto del texto
* E DIRECCIÓN GENERAL DE
REPÚBLICA DE PANAMÁ CONTRATACIONES PÚBLICAS -— GOBIERNO NACIONAL ——
Panamá, 1 de noviembre de 2019 DGCP-DJ-210-2019 Magister ERICK J. DIAZ R, Abogado E. S. D.
Respetado Señor:
Hacemos referencia al memorial presentado ante esta Dirección el día 15 de octubre de 2019, a través del cual consulta, si las acciones de reclamo pueden ser corregidas por el accionante, previo a la admisión o inadmisión de éstas, ya que el Texto Unico de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley No. 61 de 2017, no contempla procedimiento alguno de corrección.
Frente a lo consultado, debemos acotar que la Dirección General de Contrataciones Públicas es el ente rector y fiscalizador de los procedimientos de contratación pública, con facultades destinadas a la adecuada implementación y aplicación de los preceptos legales contenidos en el Texto Único de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, que regula la contratación pública, ordenado por la Ley 61 de 2017,
En este sentido, consideramos oportuno reproducir lo preceptuado por el artículo 198 del Decreto Ejecutivo No. 40 de 10 de abril de 2018, que a la letra señala:
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.