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DGCPConsulta jurídica

Facultad de la Entidad Licitante: Rechazo de Propuesta

El artículo 68 del Texto Único de la Ley No.22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 61 de 2017, dispone que las entidades licitantes podrán, por…

Extracto del texto

E DIRECCIÓN GENERAL DE

REPÚBLICA DE PANAMÁ CONTRATACIONES PÚBLICAS Panamá, 26 de agosto de2019 DGCP-DS-DJ-794-2019 Licenciada DIANA FRIAS

Subjefa de Proveeduría y Compras Contraloría General de la República E, $ D

Licenciada Frías:

Damos respuesta a su Nota No. 5723-2019-ADM/Provee, fechada 19 de agosto de 2019, mediante la cual solicita se le absuelva consulta relacionada con la facultad extraordinaria de rechazo de propuesta consagrada en el artículo 68 del Texto Unico de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 61 de 2017,

Consulta en su misiva, si la Contraloría General de la República podría tomar la decisión de cancelar un acto público que fue objeto de una acción de reclamo resuelta por la DGCP, actuando en virtud de la facultad extraordinaria de rechazo de propuesta establecida en la Ley de contrataciones públicas.

Es importante destacar que la Dirección General de Contrataciones Públicas es el ente rector y fiscalizador de los procedimientos de selección de contrataciones públicas, con facultades destinadas a la adecuada implementación y aplicación de los preceptos legales contenidos en el Texto Unico de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 61 de 2017,

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