Equilibrio Económico del Contrato
El equilibrio económico, desarrollado en el artículo 34 del Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, señala que,…
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Panamá, 03 de septiembre de 2024 DGCP-DS-DJ-1225-2024 Licenciado ALEJANDRO VÁSQUEZ V. Morgan & Morgan E. S. D. Licenciado Vásquez: Damos respuesta a su consulta, recibida en esta Dirección vía correo electrónico el día 23 de agosto de 2024, por medio de la cual pregunta si la Dirección General de Contrataciones Públicas, en base a la competencia definida en el artículo 15 del Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, puede decidir, ordenar, autorizar o de alguna otra manera participar en establecer un equilibrio económico del contrato público cuando sea solicitado por un concesionario, fundamentado en lo que se señala en el artículo 34 de la norma citada. Culmina su misiva consultando si existen opiniones u otros sustentos jurídicos emitidos por esta Dirección, donde se desarrolle el marco legal en cuanto a la figura denominada en la ley de contrataciones públicas como equilibrio económico del contrato y los pasos que debe seguir el concesionario para su solicitud. …
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.