Declaración Incapacidad Legal para ContratarEn Calidad de Consorcio
Indistintamente que el Consorcio presente la declaración jurada de incapacidad legal para contratar vía electrónica, a través del representante legal del…
Extracto del texto
Panamá, 8 de junio de 2023 DGCP-DJ-156-2023 Ingeniero ANGEL CHANG R. Representante Legal ARD Engineering, Inc. E. S. D. Ingeniero Chang: Damos respuesta a su nota de fecha 19 de mayo de 2023, mediante la remite consulta relacionada con la modificación que el Decreto Ejecutivo No. 34 de 2022 introdujo a la forma de presentación de la declaración de no incapacidad legal para contratar. Indica en su misiva que la consulta se refiere específicamente a lo que sucede cuando se trata de la participación de un consorcio o asociación accidental, toda vez la funcionalidad del portal “PanamaCompra”, no permite que la declaración de no incapacidad legal se suscriba de manera individual por las empresas que conforman el consorcio. Es oportuno señalar que la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP), tiene competencia para absolver las consultas en materia de implementación y aplicación de la Ley N° 22 de 27 de junio de 2006, que regula la contratación pública. Al respecto, le indicamos que efectivamente, las reformas introducidas por el Decreto Ejecutivo No. 34 de 2022 al Decreto Ejecutivo No. …
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.