Declaración de Incapacidad Legal para ContratarVía Electrónica
El artículo 8 del Decreto Ejecutivo No.439 de 2020, modificado por el Decreto Ejecutivo No.34 de 2022 establece que todo proponente debe presentar, por…
Extracto del texto
Panamá, 12 de octubre de 2022 DGCP-DJ-DS-1315-2022 Ingeniero HÉCTOR ORTEGA S. Director General Metro de Panamá E. S. D. Estimado Ingeniero Ortega: Damos respuesta a su nota MPSA-ADM-1045-2022 de 28 de septiembre de 2022, mediante la cual solicita a esta Dirección orientación a fin de determinar si el documento a través del cual se declara no estar incapacitado para contratar con el Estado aportado por la empresa NEXTOM SYSTEMS, INC., en el acto público de compra menor No. 2022-2- 80-0-08-CM-005107 cumple con lo establecido en el pliego de cargos. Indica en su misiva que el día del acto de apertura, la empresa referida fue la única en presentar propuesta y aportó una declaración de no incapacidad legar para contratar que no hace referencia a la modificación del Decreto Ejecutivo No. 34 de 2022 y que la misma no se encuentra notariada, así como tampoco se visualiza el nuevo ícono de incapacidad legal para contratar. Es oportuno indicar que la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP), tiene competencia para absolver las consultas en materia de implementación y aplicación de la Ley N° 22 de 27 de junio de 2006, que regula la contratación pública. …
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.