ContratoEn Virtud de Acuerdos o Convenios de Cooperación, Asistencia o Ayuda Internacional
El artículo 8 del Texto Único de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley No.153 de 2020, contempla la posibilidad que las entidades…
Extracto del texto
Panamá, 26 de abril de 2021 DGCP-DJ-523-2021 Licenciado OSVALDO DE LA GUARDIA BOYD Director General de Carrera Administrativa y Presidente de la Junta Directiva del Instituto Superior de Administración Pública - AIP E. S. D. Licenciado De la Guardia: Hacemos referencia a su memorial DIGECA NOTA No.101-01-DG-1342-2021 de 12 de abril de 2021, en el cual plantea su inquietud respecto al método de contratación que deberá utilizarse para tramitar el pago de los profesionales que intervinieron en una consultoría de diagnóstico e investigación en materia de capacitación. Señala la misiva que, el Instituto Superior de Administración Pública, para su fortalecimiento en diagnóstico de necesidades y programas formativos, recibió una subvención de cooperación internacional por parte de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), en virtud del Acta de la VII Comisión Mixta Hispano- Panameña, suscrita el 23 de julio de 2015 entre la AECID y el Ministerio de Relaciones Exteriores de Panamá, así como en el Acta de la Primera Reunión Intermedia de seguimiento de la VII C.M. de Cooperación Técnica y Científica Panamá-España de 14 de septiembre de 2017.
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