Ley 4 de 1981 — POR LA CUAL SE APRUEBA LA CONVENCION SOBRE LA ELIMINACION DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACION CONTRA LA MUJER.
Extracto del texto
G.O. 19289 ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
LEY 4 (De 27 de marzo de 1981) Por la cual se establece y reglamenta el Escalafón para la Carrera Técnico en Radiología Médica de Panamá
El CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACIÓN
DECRETA:
Artículo 1. Los Técnicos en Radiología Médica al Servicio del Estado en el Ministerio de Salud, Caja de Seguro Social, Patronatos de Salud y Empresas Particulares se regirán por un escalafón que se denominará Escalafón de Técnico en Radiología Médica.
Artículo 2. Los objetivos del Escalafón de Técnicos en Radiología Médica son: 1. Lograr mejores condiciones de trabajo en base a los años de servicios, experiencia y créditos. 2. Mejorar el status de carrera profesional.
Artículo 3. El Escalafón se regirá por Categorías, Funciones, Requisitos que se exigirán para cada Técnico en Radiología Médica.
Artículo 4. Para los cargos de Técnicos en Radiología Médica, se tomarán en cuenta las siguientes categorías: CARGOS CATEGORIA Técnico en Radiología Médica I Técnico en Radiología Médica II Técnico en Radiología Médica III Técnico en Radiología Médica IV Técnico en Radiología Médica V Técnico en Radiología Médica VI Técnico Jefe en Radiología Médica I Técnico Jefe en Radiología Médica II Director Técnico Jefe
Parágrafo: La escala salarial de cada categoría aquí establecida será aquella que sea el producto de las negociaciones de que trata el Artículo 17, en relación con el Artículo 27 de la presente Ley.
A partir de la vigencia de la presente Ley los sueldos de cada categoría serán los acordados en las negociaciones gremiales de 1978, más el incremento salarial de la Ley 10 de 1979 de aumentos generales a los servidores públicos.
Artículo 5. Las funciones que competen a cada categoría del Escalafón de los Técnicos en Radiología Médica, son los siguientes:
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.